El Reglamento europeo 261/2004 es probablemente la ley de protección al consumidor más generosa del mundo del transporte… y una de las más desconocidas. Cada año caducan millones de euros en indemnizaciones que los pasajeros nunca reclaman. Esto es todo lo que te corresponde, explicado en claro.

¿A qué vuelos se aplica?

El EU261 cubre dos supuestos:

El Reino Unido replicó la norma tras el Brexit (el llamado «UK261»), así que los vuelos que salen de aeropuertos británicos tienen protección equivalente, pagadera en libras.

Retrasos: la regla de las 3 horas

La ley original solo hablaba de cancelaciones, pero el Tribunal de Justicia de la UE (sentencia Sturgeon, 2009) decidió que un gran retraso causa el mismo perjuicio. Desde entonces:

Calcula tu caso concreto con la calculadora de indemnización: distancia real entre aeropuertos y el importe exacto.

Cancelaciones

Si te cancelan el vuelo, tienes SIEMPRE derecho a elegir entre:

Y ADEMÁS, a la indemnización de 250-600 €, salvo en tres casos:

  1. Te avisaron con 14 días o más de antelación.
  2. Te avisaron con 7-13 días y el vuelo alternativo salía máximo 2 h antes y llegaba menos de 4 h tarde.
  3. Hubo circunstancias extraordinarias reales (ver más abajo).

Overbooking: denegación de embarque

Si la aerolínea vendió más plazas que asientos y te quedaste en tierra contra tu voluntad, la indemnización es inmediata y sin excusas: no puede alegar circunstancias extraordinarias. Mismos importes (250/400/600 €) más reembolso o transporte alternativo.

Si te ofrecen bajarte voluntariamente a cambio de compensación, negocia: esa oferta es libre y puedes pedir más de lo que ofrecen de entrada. Solo pierdes la indemnización legal si aceptas voluntariamente el trato.

Conexiones perdidas

Regla poco conocida y muy valiosa: si compraste todo el viaje en una sola reserva y un retraso pequeño en el primer vuelo te hizo perder la conexión, la indemnización se calcula sobre el retraso en tu destino final y la distancia total del viaje.

Ejemplo: un Madrid→Fráncfort que sale 40 minutos tarde no da derecho a nada… hasta que te hace perder el enlace a Tokio y llegas 5 horas tarde. Entonces la indemnización es de 600 € (distancia total Madrid–Tokio), no de 250 €.

Circunstancias extraordinarias: el comodín de las aerolíneas

La aerolínea queda exenta de indemnizar (no de asistirte) cuando el problema es realmente ajeno a ella:

Pero el TJUE ha ido recortando ese comodín, y esto conviene sabérselo de memoria:

Traducción práctica: si te dicen "problemas operativos" o "avería", reclama igualmente. La carga de la prueba es suya.

El derecho de asistencia: lo que casi nadie pide

Independientemente de la indemnización, desde ciertas esperas la aerolínea DEBE darte, gratis:

Fuentes oficiales

Este artículo es informativo y no constituye asesoramiento legal. Cada caso concreto puede tener particularidades.

¿Tu vuelo encaja? Compruébalo en 30 segundos con la calculadora de indemnización y sigue la guía de reclamación con carta modelo.

Sigue leyendo: Cómo reclamar con carta modelo · Cuándo NO te pagan · Perder la conexión · Plazo para reclamar · Equipaje perdido

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