¿Vuelo retrasado o cancelado? Te pueden deber hasta 600 €
La ley europea obliga a las aerolíneas a indemnizarte por retrasos de más de 3 horas, cancelaciones y overbooking. La mayoría de pasajeros nunca lo reclama. Calcula lo que te corresponde en 30 segundos y reclámalo tú mismo, gratis.
Estimación orientativa basada en el Reglamento (CE) 261/2004 y la jurisprudencia del TJUE. No constituye asesoramiento legal. Tus datos no salen de tu navegador.
Cómo reclamar tú mismo (gratis) en 4 pasos
No necesitas abogado ni empresas que se quedan hasta la mitad de tu dinero. El proceso es más sencillo de lo que parece.
Guarda las pruebas
Tarjeta de embarque, billete, correos de la aerolínea y cualquier justificante de gastos (comida, hotel, transporte). Haz captura del panel de salidas si puedes.
Reclama por escrito a la aerolínea
Usa su formulario web oficial o envía nuestro modelo de carta citando el Reglamento (CE) 261/2004 y el importe exacto que te corresponde según esta calculadora.
Espera la respuesta (máximo ~1 mes)
Si aceptan, cobra por transferencia — no aceptes bonos de vuelo salvo que te convengan: tienes derecho a dinero. Si rechazan o no contestan, pasa al siguiente paso.
Acude al organismo estatal (gratis)
En España, la reclamación ante AESA es gratuita y su resolución es vinculante para la aerolínea en la mayoría de los casos. En otros países de la UE existe un organismo equivalente.
Cuánto corresponde según la distancia
El Reglamento EU261 fija importes cerrados por pasajero — no dependen del precio del billete.
| Distancia del vuelo | Ejemplo | Supuesto | Importe |
|---|---|---|---|
| Hasta 1.500 km | Madrid → París | Retraso ≥3 h, cancelación u overbooking | 250 € |
| 1.500 – 3.500 km | Madrid → Atenas | Retraso ≥3 h, cancelación u overbooking | 400 € |
| Más de 3.500 km (intra-UE) | Canarias → Helsinki | Retraso ≥3 h, cancelación u overbooking | 400 € |
| Más de 3.500 km | Madrid → Nueva York | Retraso ≥4 h, cancelación u overbooking | 600 € |
| Más de 3.500 km | Madrid → Nueva York | Retraso de 3 a 4 h | 300 € |
De dónde salen estos importes
Esta calculadora aplica el Reglamento (CE) n.º 261/2004 del Parlamento Europeo, que establece compensaciones por denegación de embarque, cancelación y gran retraso, y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE (sentencia Sturgeon, C-402/07), que equiparó los retrasos de 3 o más horas en llegada a las cancelaciones a efectos de indemnización.
La distancia se calcula por ruta ortodrómica (círculo máximo) entre aeropuertos, el mismo criterio que usa el reglamento. Para el Reino Unido se aplica el «UK261», la réplica de la norma tras el Brexit, con importes equivalentes en libras.
Puedes verificar la información en las fuentes oficiales: el texto del Reglamento 261/2004 (EUR-Lex), la guía de derechos del pasajero de la UE (Your Europe) y el portal de reclamaciones de AESA.
Esta herramienta es informativa y no sustituye el asesoramiento de un profesional. Cada caso tiene particularidades (conexiones, billetes combinados, causas alegadas) que pueden variar el resultado.
Guías para cobrar tu reclamación
Todo lo que necesitas para reclamar con éxito, explicado sin jerga legal.
Cómo reclamar a la aerolínea (con carta modelo)
El proceso completo, los plazos y una carta lista para copiar, rellenar y enviar.
ReferenciaTus derechos según la ley EU261, explicados
Retrasos, cancelaciones, overbooking, conexiones perdidas y circunstancias extraordinarias.
EquipajeEquipaje perdido, dañado o retrasado
Qué te deben (hasta ~1.600 €), el plazo crítico del PIR y cómo reclamarlo.
Cuándo no paganCircunstancias extraordinarias: cuándo NO te pagan
La excusa más usada por las aerolíneas y por qué muchas veces no se sostiene.
ConexionesPerdí la conexión por un retraso: ¿me deben algo?
Cuenta la hora a la que llegas a tu destino final, no el retraso del primer vuelo.
Plazos¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
En España, 5 años: aquel vuelo de hace tres veranos probablemente sigue reclamable.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto me tiene que pagar la aerolínea por un retraso?
Si llegas con 3 h o más de retraso a tu destino final: 250 € (vuelos ≤1.500 km), 400 € (1.500–3.500 km) o 600 € (>3.500 km) por pasajero. En vuelos largos con retraso de 3-4 h, el importe baja a 300 €. Lo que importa es la hora de llegada, no la de salida.
¿Y si mi vuelo fue cancelado?
Te corresponde la misma indemnización, salvo que te avisaran con 14 días o más de antelación, o que el transporte alternativo que te ofrecieran llegara casi a la misma hora. Además, puedes elegir entre reembolso completo o vuelo alternativo.
¿Qué son las «circunstancias extraordinarias»?
Situaciones ajenas a la aerolínea: meteorología severa, restricciones de control aéreo, riesgos de seguridad, huelgas de terceros (p. ej. controladores). En esos casos no hay indemnización. Pero cuidado: el TJUE ha dictaminado que las averías técnicas y las huelgas del propio personal de la aerolínea normalmente NO son extraordinarias, aunque las aerolíneas las aleguen constantemente.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
En España, 5 años desde la fecha del vuelo. En otros países varía (de 1 a 10 años, según su ley). Es decir: aquel vuelo desastroso del año pasado probablemente todavía se puede reclamar.
¿Me conviene usar una empresa de reclamaciones?
Solo si no quieres dedicarle nada de tiempo: se quedan entre el 25% y el 50% de tu indemnización. Reclamar por tu cuenta es gratis y, con nuestro modelo de carta y la vía AESA, rara vez hace falta más. Si la aerolínea se niega y el caso se complica, siempre puedes acudir a una de esas empresas o a un abogado después.
¿Guardáis mis datos?
No. Todo el cálculo ocurre en tu navegador. Solo guardamos tus últimos valores en tu propio dispositivo para tu comodidad.